Hola,
si en el convenio regulador se le ha dado a sus hijas el uso y disfrute de la vivienda familiar hasta que cumplan 18 años, la forma más fácil de pedir la ´división de la cosa común es esperar. Pero sino quiere esperar, aunque sus hijas tengan el uso y disfrute de la vivienda familiar, puede iniciar ahora un procedimiento contencioso de división de cosa común, el problema está en que cuando se saca el inmueble a subasta, se saca con ese uso y disfrute que tienen sus hijas, pues el nuevo propietario (quien comprara la vivenda) no podría tomar posesión de esa vivienda hasta que sus hijas cumplieran 18 años, por lo tanto sucedería que nadie quiera comprar la vivienda o que ofrezcan un precio muy bajo, por lo que es mejor esperar. A veces es una forma de presionar al ex cúnyuge para que le compre su parte de muto acuerdo.
En relación al otro inmueble como bien dice mi compañero, procedimiento cntencioso de división de cosa común.
Un saludo
Vera Grande Alonso
Abogado del Ilustre colegio de abogados de Madrid
www.abogadosgrande.es