Tras haberme divorciado de mi marido, si este fallece, ¿tengo derecho a cobrar pensión de viudedad?
Sí. Vd. tiene derecho a cobrar la pensión de viudedad de forma proporcional al tiempo que convivó con su ex marido. Así viene reconocido en las sentencias de la sala 4ª del Tribunal Supremo de 27 de enero de 2004 y de 20 de enero de 2004.
Si su exmarido se volvió a casar despúes de haberse divorciado de Vd. en ese caso tanto Vd. como su siguiente mujer tienen derecho a la pensión. Esta última cobrará el resultado de restar a la totalidad de la pensión la parte proporcional que corresponde a Vd. por el tiempo que convivió con su exmarido.