Mujer pensativa

Cuando una relación de pareja no funciona llega un momento, antes o después, en que aparece en mente la idea del divorcio. Pero ¿sabe Vd. realmente lo que implica? Si no es así su ansiedad y preocupación será mucho mayor. Así pues, lo primero información. Para tomar las mejores decisiones. Le ofrecemos las primeras nociones.

No es necesario un motivo de divorcio.

En primer lugar ha de saber que no es necesario que exista una causa para el divorcio, como antiguamente. Basta que esa sea su voluntad y que hayan transcurrido como mínimo tres meses desde que se celebró el matrimonio. Antiguamente para poder divorciarse tenía que existir una causa, como por ejemplo el adulterio o el abandono. Hoy en día ya no es así. El único requisito, como decimos, es que hayan transcurrido como mínimo tres meses desde la boda.

Proceso judicial

En segundo lugar, tenga claro que tanto si se ha casado por la iglesia como si se ha casado por lo civil sólo puede ponerse punto y final al matrimonio por vía judicial. Debe contratar un abogado y un procurador y seguir un procedimiento judicial de divorcio que terminará con una sentencia que será la que declare disuelto el matrimonio. Esa sentencia se inscribe en el Registro Civil y ya vuelve Vd. a ser una persona soltera.

Medidas reguladoras del divorcio

En tercer lugar debe saber que la ley obliga a que la sentencia de divorcio disponga una serie de medidas reguladoras de los efectos del divorcio, para poner orden en la situación que se crea tras poner punto y final al matrimonio.  Simplificando, dichas medidas son las siguientes:

  • Quién va a seguir usando la vivienda donde el matrimonio tenía el domicilio.
  • Si hay niños, con quién van a quedarse, y cuándo puede visitarlos el otro. Es lo que se denomina custodia y régimen de visitas.
  • Cuánto dinero tiene que poner cada mes aquel de los dos con quien no se queden los hijos, para contribuir a sus gastos. Es la denominada pensión de alimentos.
  • Si uno se ha dedicado al cuidado de la casa y los hijos, o a ayudar en el negocio del otro  también hay que decidir si merece una compensación por ello. Es la denominada pensión compensatoria.
  • Cómo se reparten los bienes, derechos y obligaciones adquiridos durante el matrimonio. Es la denominada liquidación del régimen económico-matrimonial.

Nuestra sección de artículos divulgativos está clasificada precisamente de esa forma, atendiendo a cada medida reguladora de los efectos del divorcio, para que pueda ampliar información de cada una de ellas.

Procedimiento de mutuo acuerdo o contencioso

En cuarto lugar debe saber que el procedimiento judicial de divorcio, que como hemos dicho termina con una sentencia que disuelve el matrimonio y establece las medidas reguladoras de los efectos del divorcio, puede tramitarse de dos maneras bien distintas:

  • De mutuo acuerdo.
  • De modo contencioso.

En el procedimiento de mutuo acuerdo, Vd. y su pareja son los que previamente deciden cuáles van a ser las medidas reguladoras de los efectos del divorcio, y las plasman en un documento denominado Convenio Regulador que someten a la aprobación del juez. El juez -y el fiscal si hay menores- se limita a comprobar que el Convenio es justo y equilibrado, que no perjudica a ninguno de los dos y que salvaguarda los derechos de los menores. Si es así, lo aprueba dictando una sentencia que lo incluye literalmente. En este tipo de procedimiento Vd. y su pareja pueden contratar a un solo procurador y a un solo abogado para que les ayude a redactar el Convenio y presentarlo en el juzgado. El coste económico, lógicamente, es inferior. También el coste emocional. Además el procedimiento es más rápido ya que no hay juicio. Simplemente hay que acudir un día a la oficina del juzgado para ratificar la demanda y el Convenio, es decir, para confirmar que están decididos a divorciarse y que esas son las medidas que quieren adoptar, y ya está. La sentencia se suele obtener en el plazo de un mes aproximadamente, aunque cada juzgado tiene su ritmo de trabajo.

El procedimiento contencioso en cambio se sigue cuando Vd. y su pareja no son capaces de ponerse de acuerdo en las medidas reguladoras de los efectos del divorcio. Uno quiere que las medidas sean unas, el otro quiere que las medidas sean otras. En ese caso el procedimiento es más complejo. Cada parte deberá contratar a su procurador y a su abogado para convencer al juez para que acuerde las medidas reguladoras en la forma que a cada uno interesa. Se celebra un juicio y finalmente es el juez quien toma las decisiones, tras haber oído a ambas partes. El coste tanto económico, como emocional es superior. El procedimiento suele tardar meses. 

Naturalmente lo más aconsejable es el divorcio de mutuo acuerdo. Por desgracia, no siempre es posible.

Así pues, si tiene en mente divorciarse, lo primero que debería hacer es sondear a su pareja, a ver si está dispuesta a llegar a un acuerdo respecto a las medidas reguladoras de los efectos del divorcio o no. Así podrá empezar a imaginarse mejor lo que le supondrá.

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