abogadosgrande
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 Junior Boarder
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Re:convenio regulador y gananciales - 2010/01/11 23:16
Hola,
la disolución de los bienes gananciales de mutuo acuerdo se puede hacer de dos forma:
1. Acudiendo al notario antes de solicitar el divorcio y disolver y liquidar la sociedad de gananciales. 2. Hacer el inventario y liquidarla en el propio convenio regulador.
La segunda opción es bastante más barata.
En relación a las viviendas que no tienen escrituradas, tienen que escriturarlas primero o de lo contrario no podrán inscribirlas.
Doy por hecho que todo lo que tienen aparece en el Registro de la Propiedad como ganancial, es decir, que el 100% de las viviendas pertence a los dos como ganancial, porque si lo que aparece en el registro de la propiedad es que a cada uno le corresponde el 50%, entonces no sería ganancial, sino que a cada uno le corresponde el 50% y pueden venderlo y repartirse sin necesidad de liquidar.
Y en todo caso no olviden que cuando se liquida una sociedad de gananciales , si uno le vende al otro ha de tributar a hacienda.
Un saludo Vera Grande Alonso Abogado del Ilustre colegio de abogados de Madrid www.abogadosgrande.es
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