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mari10
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convenio regulador y gananciales - 2009/09/17 20:29 Hola,
Mi marido y yo estamos iniciando el proceso de divorcio. Queremos llegar a un mutuo acuerdo. Lo tenemos casi todo ultimado, pero tenemos algunas dudas acerca de la disolución de nuestras gananciales.
Tenemos dos casas de reciente construcción que aún no tienen las escrituras hechas, tenemos otras propiedades inmobiliarias y unos terrenos rústicos, todo esto a nombre de los dos. En el reparto tenemos claro lo que correspondería a cada uno.
Queremos hacer una disolución total de las gananciales, por lo que las propiedades que hay a nombre de los dos, tendrían que quedar a nombre del que se las quedara.
Entonces , mi pregunta es si hay que acudir al notario para hacer todo esto o con el convenio regulador sería suficiente, ya que tengo entendido que el convenio regulador es un documento registrable en los registros de la propiedad.
Y para el caso de las casas de las que no tenemos escritura pública , si sería suficiente con el convenio regulador o habría que hacer escritura en el notario.
Si hubiera que acudir al notario el tiempo del divorcio se alargaría muchísimo en el tiempo y quisieramos hacerlo sin demora. Por lo que tambien , quisiera preguntarle si existe la posibilidad de hacer algún tipo de documento en donde todo el reparto de las gananciales quedase reflejado y concluirlo después de consumada la separación.
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Expert Boarder
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Re:convenio regulador y gananciales - 2009/09/19 00:16 Estimada María,

Hay que distinguir dos objetivos.

El primero sería repartir los bienes inmuebles y transmitir la titularidad de cada uno de ellos de mutuo acuerdo.

El segundo sería inscribir dicha titularidad en el Registro de la Propiedad.

Para lograr el primer objetivo basta el Convenio una vez aprobado judicialmente. La sentencia es un documento público igual que una escritura otorgada ante un notario. Es decir una prueba plena de la transmisión de los bienes, en este caso como resultado de la liquidación de una sociedad de gananciales, con plenos efectos frente a terceros.

Ahora bien, para lograr el segundo objetivo, sobre todo en aquellos casos en los que se trata de edificación de obra nueva, el convenio aprobado judicialmente puede no ser suficiente para que el Registrador de la Propiedad autorice la inscripción, por lo que sería necesario otorgar otras escrituras ante notario -declaración de obra nueva, etc.-

Esto habría que analizarlo caso por caso.

En caso de duda, les aconsejo que vayan al Registro de la Propiedad, y pidan hablar con un Registrador para que les aclare sus dudas. Están a su servicio. Son funcionarios públicos.

Naturalmente también pueden acudir a un abogado.

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abogadosgrande
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Re:convenio regulador y gananciales - 2010/01/11 23:16 Hola,

la disolución de los bienes gananciales de mutuo acuerdo se puede hacer de dos forma:

1. Acudiendo al notario antes de solicitar el divorcio y disolver y liquidar la sociedad de gananciales.
2. Hacer el inventario y liquidarla en el propio convenio regulador.

La segunda opción es bastante más barata.

En relación a las viviendas que no tienen escrituradas, tienen que escriturarlas primero o de lo contrario no podrán inscribirlas.

Doy por hecho que todo lo que tienen aparece en el Registro de la Propiedad como ganancial, es decir, que el 100% de las viviendas pertence a los dos como ganancial, porque si lo que aparece en el registro de la propiedad es que a cada uno le corresponde el 50%, entonces no sería ganancial, sino que a cada uno le corresponde el 50% y pueden venderlo y repartirse sin necesidad de liquidar.

Y en todo caso no olviden que cuando se liquida una sociedad de gananciales , si uno le vende al otro ha de tributar a hacienda.

Un saludo
Vera Grande Alonso
Abogado del Ilustre colegio de abogados de Madrid
www.abogadosgrande.es
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